La Delegaci贸n Presidencial Provincial notific贸 a Claudia Gonz谩lez, artesana y guardiana de tradiciones, un plazo de 20 d铆as para regularizar su taller y vivienda mediante concesi贸n mar铆tima, bajo amenaza de intervenci贸n de la Armada de Chile.
Este espacio, un “museo vivo” para tejidos, navegaci贸n y transmisi贸n cultural, fue restituido a la Comunidad Ind铆gena Yaghan Bah铆a Mejillones en 1994 por la Ley Ind铆gena, inscrito en el Registro de Tierras Ind铆genas.
La familia recurri贸 a la Corte de Apelaciones de Punta Arenas con un recurso de protecci贸n, invocando el Convenio 169 de la OIT.
Alegan vulneraciones a derechos como propiedad, honra, igualdad y libertad de conciencia, solicitando una orden de no innovar para suspender acciones mientras se verifica con Conadi los t铆tulos.
La autoridad niega orden de desalojo vigente, solo un proceso de regularizaci贸n, pero la familia denuncia falta de di谩logo y despojo colonial.
Contexto hist贸rico: Los Yag谩n, habitantes de Tierra del Fuego por 9.000 a帽os, sufrieron genocidio y desplazamiento; hoy, confinados en Ukika, luchan por recuperar territorios ancestrales. Claudia critica: “Nos quieren sacar donde mis abuelos me ense帽aron; es una verg眉enza del Estado y Conadi”.
Este caso expone la hipocres铆a cr贸nica del Estado chileno hacia pueblos originarios: restituye tierras en 1994 para luego exigir concesiones que las convierten en precarias, ignorando el Convenio 169 y la Constituci贸n.
La Armada, s铆mbolo de soberan铆a, act煤a como verdugo colonial, priorizando fiscalizaciones sobre derechos culturales.
Es un despojo simb贸lico que borra la continuidad Yag谩n, reduciendo su legado a “fotos para la galer铆a”.
Urge una justicia efectiva; de lo contrario, el “Tesoro Humano Vivo” de Cristina Calder贸n ser谩 solo memoria, no realidad.
El recurso es un grito necesario, pero ¿responder谩 la Corte o perpetuar谩 la ofensa?
